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El Gobierno legalizará en el litoral 1.000 hoteles, 13.000 casas y 3.000 chiringuitos

Costas prorroga a 75 años las concesiones y restringe el dominio público

El Consejo de Ministros aprobó la pasada semana el reglamento general de la ley de Costas, que permitirá prorrogar las concesiones en vigor a quienes habitan viviendas en dominio público durante 75 años, que sumados a los 30 actuales permitirán extender esa concesión más allá de un siglo en algunos casos. El Gobierno pretende con este cambio regularizar la situación de 1.000 hoteles, 3.000 chiringuitos y 13.000 viviendas, según publica La Provincia en su edición digital.

Así, se prorrogan las concesiones en vigor en dominio público hasta 75 años para las viviendas, 50 para los hoteles y explotaciones económicas similares y 30 para los aproximadamente 3.000 chiringuitos que hay en las playas. La concesión máxima actual de estas viviendas o instalaciones era de 30 años.

Además, estas concesiones se podrán vender, heredar e incluso ser susceptibles de hipotecas. Los particulares también podrán hacer reformas en la instalación o vivienda para la que tienen concesión siempre que las obras no excedan el tamaño, superficie y volumen de la misma.

Todas esas concesiones pagarán un canon al Estado que variará dependiendo del lugar donde se encuentren y del tipo de ocupación, pero que incrementará los ingresos públicos en tanto que pasan de pagar canon 4.000 ocupaciones de diferente tipo (que suponen 20 millones al año) a 40.000.

El documento distingue entre playas naturales y urbanas, y permite un uso más extensivo de estas últimas incluyendo la posibilidad de que en ellas se puedan llevar a cabo "eventos de interés público", como por ejemplo fiestas locales o conciertos, siempre que la Administración lo estime oportuno y previo pago de un aval para subsanar daños.

Las playas urbanas podrán contar con hasta un 50% de ocupación por parte de actividades económicas y chiringuitos, que no podrán tener más 300 metros cuadrados al borde del mar. En las "playas naturales", entendiendo por tales las que no están contiguas a suelo urbano, las ocupación no podrá exceder el 10% y los chiringuitos habrán de tener un máximo 20 metros cuadrados de cerrado y 50 de terraza; no pudiendo existir entre uno y otro una distancia inferior a 300 metros.

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