

Fernando del Castillo hace hincapié en la importancia del tejido Extrahotelero, especialmente en Gran Canaria
En su intervención durante el debate hace hincapié en la importancia del tejido extrahotelero, especialmente en Gran Canaria. Si bien el decreto vacacional aprobado por el Gobierno Regional permite las viviendas vacacionales en urbanizaciones 100% residenciales en Zonas Turísticas, al quedar excluido todavía un gran número de éstas en urbanizaciones turísticas y mixtas en las citadas en zonas, el CIT se adhiere a la reivindicación de ASCAV de ampliar el ámbito a estas urbanizaciones, pero matiza que este nuevo producto de vivienda vacacional debe respetar antes que nada el marco de actuación de los Apartamentos Turísticos como producto estrella extrahotelero en Canarias.
No se debe confundir con este producto bien diferenciado y, por consiguiente, cualquier propuesta de nuevas modalidades de comercialización para los apartamentos debe abordarse por los propios representantes de este sector extrahotelero y propietarios, pudiendo decidir éstos si les conviene ampliar la actual unidad de explotación a nuevas modalidades basadas en la economía compartida, como puede ser el alquiler individual vía internet, para aquellos apartamentos que no están gestionados en un régimen de explotación de unidad de explotación.
El CIT propone que todos los apartamentos deben acogerse al mismo marco regulatorio con una distribución equilibrada y justa de todas las cargas.
Las viviendas vacacionales no son apartamentos turísticos. El CIT sugiere que se haga entender bien el producto de la vivienda vacacional para las urbanizaciones turísticas y mixtas con el fin de que este último producto turístico pueda convivir en especial con los apartamentos y por extensión con los demás productos contemplados en la actual normativa, todo ello en perfecta compatibilidad entre todos.