

El Viceconsejero de Turismo del Cabildo de Gran Canaria, se congratula de esta medida a fin de que se agilicen las inversiones y dió la bienvenida a “todo lo que sea desenmarañar la normativa tan absurda de tener las competencias repartidas”
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado sentencia por la que ha anulado los tres artículos del reglamento regional de la Actividad Turística de Alojamiento que exigen obtener una autorización de los cabildos para construir nuevos establecimientos, previa a la licencia municipal, estimándolos contrarios a la Directiva Europea de Servicios
El tribunal señala que no se debe aplicar la exigencia de autorización previa para la construcción, ampliación, rehabilitación y apertura de alojamientos turísticos, dado que existiría una duplicidad de licencia y controles administrativos.
Los magistrados estiman que esa finalidad de interés general para la protección del medio ambiente y urbaníítica ya se satisface con la normativa de los planes de ordenación y la licencia urbanística
la Ley Canaria de Ordenación del Turismo y el decreto que la desarrolla no establecen las causas o motivos por los que pueda ser denegada esa autorización, además provoca "el cierre de mercado para los nuevos operadores turísticos y, por ello, (es) discriminatorio con los que ya están establecidos". Por ambos motivos va en contra de la directiva europea.
El TSJC estima que el decreto hace "uso fraudulento del régimen excepcional" sin que sea necesario esperar a que se derogue o se declare su inconstitucionalidad.
El Viceconsejero de Turismo del Cabildo de Gran Canaria, se congratula de esta medida que agilice las inversiones y dió la bienvenida a “todo lo que sea desenmarañar la normativa tan absurda de tener las competencias repartidas”
La sentencia va a ser recurrida por el Gobierno canario.